Accueil Forum Coopérativisme et associativisme LA POLITICA PUBLICA DEL ECUADOR PARA COOPERATIVAS PRODUCTIVAS Répondre à : LA POLITICA PUBLICA DEL ECUADOR PARA COOPERATIVAS PRODUCTIVAS

MELISSA ALEJANDRA CISNEROS APOLOmacisnerosa@uce.edu.ec
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Buenas tardes con todos los presentes 

¿Qué dice la Constitución del Ecuador sobre la economía popular y solidaria?
La Constitución del Ecuador reconoce, mediante el ART. 283 de su primera sección, que el sistema económico es social y solidario, y que se genera una relación justa y equilibrada entre el Estado, la empresa y el mercado; adicional, como se ha plasmado a lo largo de las clases académicas, se centra en garantizar la equidad de la comunidad en general. Así también, en el mismo marco se plantea al ART. 319 en el que se reconocen diversas formas de organización de la producción económica, entre las que se incluyen las comunitarias, las cooperativas, las empresas (públicas y privadas), las familias, entre otras. Gracias a estos reconocimientos constitucionales, podemos garantizar la diversidad económica y la participación colectiva.

¿Qué cambios recientes ha tenido la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS)?
Algunos de los cambios más recientes implementados en la LOEPS son:
1. Ampliar la operación de las cooperativas en sectores como salud, educación, turismo y seguridad.
2. Se fomentó la creación de cooperativas, en las que se incluyeron como miembros de los trabajadores.
3. Redistribuir la facultad de supervisión a los ministerios sectoriales.
4. Se estableció un sindicato nacional para la resolución de conflictos, la transparencia y la eficiencia.
Todos estos cambios buscan ampliar las oportunidades de cooperación en el país.

¿Cree que las políticas públicas actuales son suficientes para promover las cooperativas rurales productivas?
Consideremos que las políticas públicas no son suficientes para promover las cooperativas rurales productivas. Si bien contamos con una LOEPS que, en teoría, conduce a una mejor integración social, en la práctica su aplicación es mucho más compleja y limitada. Quizás algunas cooperativas con programas de desarrollo social propios en zonas rurales se vean afectadas por la licencia de financiamiento, el endeudamiento o la inversión de empresas privadas, además de la licencia de capacidad de gestión y la auditoría necesaria para aprobar los recursos y las oportunidades propias de las zonas rurales.

Por otras razones, en cuanto a las cooperativas rurales, entendemos que estamos directamente relacionados con las capacidades de los propietarios de un territorio y la existencia de recursos. Sin embargo, los programas no se implementan en la realidad de cada territorio rural, si no cuentan con visiones mucho más generales que incluyan todos los requisitos que deben satisfacerse; solo existen muchos casos establecidos en zonas urbanas. Por ello, es necesario contar con la gestión de políticas y programas en el área que requiere este incentivo social. Además, es necesario que exista un proceso técnico de gestión e incentivos para una decisión colectiva entre los agentes económicos del país.