Étiqueté : Agroecología; derecho
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Es importante reconocer a la agroecología desde las perspectivas ontológicas y cómo el ser humano puede impactar en ella desde el cumplimiento de las normas sociales. ¿Cómo podríamos establecer la relación hombre-naturaleza desde la perspectiva de los derechos humanos según la norma ecuatoriana?
La Constitución Ecuatoriana de 2008 es una de las primeras en reconocer a la naturaleza como sujeto de derechos, promoviendo una relación de respeto y reciprocidad basada en el “sumak kawsay” o buen vivir. Por ello el artículo 71 garantiza su protección y regeneración, permitiendo a cualquier persona exigir su cumplimiento. Este enfoque biocéntrico vincula los derechos humanos con los de la naturaleza, impulsando prácticas agroecológicas sostenibles y normativas sociales que equilibran el bienestar humano y ambiental. Así, la agroecología en Ecuador se alinea con la conservación ecológica y la justicia social, asegurando la sostenibilidad para futuras generaciones.
Leonardo Falconí Cárdenas
UNIANDES
Vista de ese modo, la agroecología se constituye en vía práctica y política para la recuperación de la Soberanía Alimentaria de los pueblos, es ahora un nuevo componente de las demandas históricas del movimiento indígena campesino ecuatoriano, quienes por décadas reclaman por una reforma agraria integral, por una distribución justa y equitativa de los recursos productivos como agua y tierra, o por una participación real en la toma de decisiones que afectan a la sociedad rural, para así alcanzar el derecho al buen vivir – sumak kawsay.
Establecidos en los arts Art. 13.- Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales. El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria.
Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el Buen Vivir, Sumak Kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. Un aspecto importante de este artículo es que incorpora la dimensión ambiental y declara la preservación y conservación del ambiente de interés público. Otro rasgo relevante es que se considera al ambiente sano y ecológicamente equilibrado como un medio para lograr la sostenibilidad y el Buen Vivir. Este derecho consta en la Constitución de 1998, en el capítulo de los derechos civiles.Alex Santiago Páez.
UNIANDES.
Buenas tardes
Es muy interesante ver esta convergencia entre las preocupaciones actuales sobre el medio ambiente y los valores tradicionales de los pueblos indígenas, con este principio de vida sumak kawsay.
El bienestar es un concepto esencial para el desarrollo sostenible. Buscar una mayor armonía entre la sociedad y la naturaleza.
No sé mucho de la legislación ecuatoriana, pero el descubrimiento es muy innovador. En los sistemas agroforestales (chakra amazónica) se busca este mayor equilibrio, potenciando los servicios ecosistémicos y conservando la biodiversidad y los suelos que los generan.
Los pueblos del bosque y de los ríos tienen precisamente este conocimiento de los ritmos y equilibrios de la naturaleza para producir de forma sostenible en relación con su entorno natural.
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Francois Laurent.
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