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Política pública y marco legal
• ¿Qué dice la Constitución del Ecuador sobre la economía popular y solidaria• ¿Qué cambios recientes ha tenido la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS)?
• ¿Creen que las políticas públicas actuales son suficientes para fomentar cooperativas rurales productivas?Buenas noches econ, con respecto a sus preguntas, puedo aportar que:
- ¿Qué dice la Constitución del Ecuador sobre la economía popular y solidaria?
La Constitución del Ecuador de 2008 reconoce de manera expresa y clara la economía popular y solidaria como parte fundamental de la economía del país. La Constitución incluye artículos como el 283, que mantiene el sistema económico social y la solidaridad, y reconoce que la naturaleza humana está sujeta al fin y que el sistema de producción y reproducción está en armonía con la naturaleza. De la misma manera que sentimos acerca de nuestro artículo 319 , que reconoce las diferentes formas de organización de la producción y el hábito de la organización cooperativa, asociativa, de la economía solidaria, es decir, de la economía popular y solidaria.
- ¿Qué cambios recientes ha tenido la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS)?
La reforma más reciente, que incluye información sobre vLex, introduce cambios profundos y clave que reducen la efectividad de la cooperación en el país. Entre los cambios y los representantes, se permite que las asociaciones se afilien a cooperativas con ciertos requisitos, como la obligación de que al menos el 75% de las actividades de las cooperativas de producción se realicen con socios, y se les otorgan mayores competencias ante la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. Por lo tanto, esto se combina con la posibilidad de que las cooperativas de crédito se transformen en cooperativas, lo que aumenta el acceso al crédito, la asistencia técnica y la comercialización.
- ¿Cree que las públicas actuales suficientes para promover el cooperativismo productivo rural?
Pues, bajo mi criterio, en las píticas las públicas actuales han avanzado y han tenido grandes pasos para promover el cooperativismo, sin embargo, considera que son insuficientes para que el cooperativismo imponga aso forma de organización productiva o de servicios es más importante para todas las cooperativas de crédito y crédito que tengas en tu espacio. Sin embargo, consideramos que no existen mecanismos o facilidades adecuadas para que las cooperativas accedan al crédito, no hay gran presencia de asistencia técnica, hay muchas barreras burocráticas y pocos impulsos para que las cooperativas accedan a mercados más grandes. Existe un marco legal formal como la Constitución, la LOEPS o instituciones existentes como la SEPS, una serie de políticas, programas o proyectos específicos para el desarrollo rural, capacidad técnica o existencia de pequeños incentivos para que las cooperativas productivas puedan crear y mantener en el país.
En respuestas a las preguntas presentadas por la Econ. Irma García,
• ¿Qué dice la Constitución del Ecuador sobre la economía popular y solidaria?
En el Ecuador se establecen varios artículos de la Constitución Vigente del año 2008, en el que se reconoce diversas formas organizativas, ya sea, publica, privada, popular y solidaria, entre otras, con el objetivo de poder garantizar bienestar en la sociedad. Uno de los artículos es el 283, en el que se enfoca en el buen vivir (sumak kawsay), el cual promueve la inclusión, la distribución de la riqueza y la armonía con la naturaleza, como lo hacen nuestras comunidades indigenas.
Además, en el artículo 311 menciona la incorporación de cooperativas de ahorro y crédito, en el que estas entidades son fundamentales para brindar acceso a servicios financieros en sectores vulnerables, fortaleciendo así la economía local.• ¿Qué cambios recientes ha tenido la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS)?
La reforma de la LOEPS, es aprobada en el año 2023, en el que se han dado cambios relevantes como es el reconocimiento y fortalecimiento de cooperativas productivas, a las cuales se les brinda acceso a beneficios legales y financieros. Asimismo, se implementó el apoyo al desarrollo de la economía popular y solidaria en los territorios, a través de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs), con un enfoque el desarrollo territorial descentralizado, mediante asistencia técnica y planificación publica inclusiva, para la construcción de economías solidarias y sostenibles.
• ¿Cree que las políticas públicas actuales son suficientes para promover cooperativas rurales productivas?
Aunque si existen políticas públicas, estas no son suficientes, ni plenamente efectivas para promover el fortalecimiento de las localidades. Uno de los principales obstáculos es el débil acceso a tecnologías y asistencia técnica, de preferencia en zonas rurales y amazónicas. Se han limitando al progreso, debido a la carencia de servicios básicos, lo cual dificulta el progreso en innovación, productividad y, sobre todo, en la participación para la gestión de su propio desarrollo.
En base a las preguntas planteadas, en mi opinión planteo lo siguiente:
¿Qué dice la Constitución del Ecuador sobre la economía popular y solidaria?
Hemos revisado que en la Constitución se reconoce a la economía popular y solidaria como parte clave del sistema económico nacional, junto al sector privado y público. Aún así, me parece importante que se le dé el nivel de importancia que merece, porque en territorios como la Amazonía estas formas de organización son esenciales para sostener modos de vida más comunitarios y sostenibles. Lo que falta muchas veces es que esa visión pase del papel a la práctica y sobre todo que exista apoyo del Estado.¿Qué cambios recientes ha tenido la LOEPS?
Un ejemplo en concreto es la reforma que permite a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) transformar asociaciones en cooperativas cuando cumplan los requisitos o a solicitud del 50 % de sus miembros, lo cual trae grandes beneficios a estas asociaciones. Sin embargo, siento que aún es difícil para muchas comunidades amazónicas adaptarse, especialmente por las brechas tecnológicas. La ley ha mejorado, pero el acceso y la implementación aún tienen mucho por recorrer, sobre todo en zonas rurales donde lo comunitario debería ser prioridad.¿Son suficientes las políticas públicas actuales para promover cooperativas rurales productivas?
No del todo. Hay intenciones y algunos programas, pero creo que todavía falta una política pública más conectada con las realidades de estas localidades. Proyectos como ICOOPEB son clave porque acercan a los estudiantes y profesionales a las comunidades y fomentan un aprendizaje más territorial. Pero para que esto funcione a gran escala, hace falta que el Estado escuche más a las comunidades y apoye con infraestructura, formación y acompañamiento real.Buenas noches, contestando a las preguntas
¿Qué dice la Constitución del Ecuador sobre la economía popular y solidaria?
El artículo 283 de la Constitución de 2008 especifica que el sistema económico del país es social y solidario, considerando al individuo como sujeto y meta; promueve una relación equilibrada entre la empresa, el Estado y el mercado, en armonía con la naturaleza; con el fin de garantizar una vida digna.
Además, existen diversas formas de estructura económica: pública, privada, mixta, popular y solidaria. La economía popular y la solidaridad se basan en la ley y se incorporan a formas específicas en los sectores de cooperativas, asociaciones y colectivos.
¿Qué cambios recientes ha tenido la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS)?
La reforma de la LOEPS introduce nuevas políticas para impulsar el sector cooperativo y asociativo productivo:
Promover la migración de asociaciones a cooperativas, evitando que las organizaciones productivas se conviertan en pequeñas estructuras eficientes.
¿Cree que las políticas públicas actuales son suficientes para promover la cooperación productiva rural?
El video de administración y gestión puede indicar que se han registrado algunos avances, pero no es suficiente para garantizar la recuperación total de la productividad de las cooperativas rurales.
Es evidente que las cooperativas se basan en estructuras internas estables y democráticas, basadas fundamentalmente en la gestión democrática, la economía participativa y los intereses comunitarios, elementos cruciales para su continuidad.
Sin embargo, también reconocemos las limitaciones esenciales que las políticas públicas no abordan en la práctica. Una de las desventajas más importantes es la comunicación entre los delegados y la falta de participación en las reuniones, lo que afecta la coordinación e implementación de los planes previamente establecidos.
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Tu respuesta a la pregunta ¿Qué cambios recientes ha tenido la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS)? Recopila algunos de los puntos más importantes de la reforma de 2023, especialmente el documento que respalda los GAD y el impulso cooperativo productivo. Sin embargo, es importante destacar otros aspectos donde este cambio afecta directamente el funcionamiento interno de las cooperativas. Por ejemplo, uno de los cambios más relevantes es promover la migración de las asociaciones cooperativas, lo que requiere que una organización productiva acceda a una persona jurídica más legitimada y a mayores beneficios financieros y comerciales. Además, la reforma también ajusta la distribución del patrimonio, promoviendo criterios de equidad entre los socios que permitan aumentar el capital y la participación.
Muchas noches con todos los participantes, respecto a las preguntas mi aporte es el siguiente:
1. ¿Qué dice la Constitución del Ecuador sobre la economía popular y solidaria?
En el artículo 283, “(…) La economía popular y solidaria se regula por ley e incluirá los sectores cooperativo, asociativo y comunitario”. Además, en el artículo 319, las entidades que conforman el sector financiero popular y solidario establecen que “(…) las cooperativas de crédito, las entidades asociativas o solidarias, los bancos y cajas municipales, y los bancos de ahorro” son entidades que tienen un trato diferente y preferencial del Estado. Solo hay un impulso cuando se desactiva la EPS.
• ¿Qué cambios recientes ha tenido la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS)?
Entre los cambios recientes, destacamos la naturaleza sin fines de lucro de las cooperativas, mencionando que no se trata de multas por ganancias ni de la distribución de nuestros excedentes de forma injusta e individual. Entre los 7 principios del cooperativismo se encuentra la participación económica de nuestros socios, donde todo el capital es propiedad de todos. Los excedentes generados permiten operar la cooperativa, generar fondos e impulsar el desarrollo de la comunidad.
• ¿Cree que las políticas públicas actuales son suficientes para promover las cooperativas rurales productivas?
En el fondo creo que las políticas públicas no son suficientes, hay demasiadas fallas para promover las cooperativas rurales productivas, una de ellas es la necesidad de coordinación entre el gobierno central y los gobiernos autónomos, lo que impide que se cuente con los recursos necesarios para promover a los socios de una cooperativa rural.
Para los participantes de este foro: ¿Qué otra reforma de la LOEPS crea que se asocie a los principios del cooperativismo?
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namenaf@uce.edu.ec.
Buenas noches Profe y compañeros que participan en el foro.
1- ¿Qué dice la Constitución del Ecuador sobre la economía popular y solidaria?Para la repuesta a esto, decimos que la Constitución de la República del Ecuador de 2008 menciona el reconocimiento de la economía popular y solidaria (EPS) como parte fundamental del sistema económico del país.
Uno de los principales artículos mencionados en el ART 283 es que «El sistema económico es social y solidario, reconoce la naturaleza humana como sujeto y fin; se basa en una relación dinámica y equilibrada entre la sociedad, el Estado y el comercio, en armonía con el mundo natural; el objeto garantiza la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales posibles para la vida». Esta es la base para la inclusión de la economía popular y la solidaridad.
2- ¿Qué cambios recientes ha tenido la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS)?
Leyendo un artículo de primitias, uno de los cambios más recientes que ha currido es proyecto de Ley dey de Integridad Pública, el cual trae un cambio en las cooperativas de ahorro y crédito, dende Esto generará una oportunidad que el crédito y las cooperativas de crédito pueden traspasar a su banco.
Solidaria.3-¿Son suficientes las políticas públicas actuales para promover la cooperación en la productividad rural?
Creo que existen políticas públicas que apoyan o favorecen a las cooperativas, como la impulsividad de nuevas productividades, etc., en el estado actual de cosas, como el estado actual de las cosas y la evaluación de las políticas públicas, los frecuentes cambios de autoridad y todo sobre la concentración de las inversiones del sistema financiero en el sector productivo.
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nfvaca@uce.edu.ec.
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nfvaca@uce.edu.ec.
Buenas noches con todos los participantes de este interesante foro, con respecto, a las preguntadas plantadas por la Eco. Irma García, puedo aportar lo siguiente:
¿Qué dice la Constitución del Ecuador sobre la economía popular y solidaria? La Constitución de la República del Ecuador del 2008 tiene varios artículos que hablan acerca de la EPS. Empezando por el art.28 donde se declara que el sistema económico del Ecuador es social y solidario, enunciado que esta última será una forma de organización del sistema económico. Por otro lado, el art.288 menciona que las compras públicas provenientes de las organizaciones provenientes de las EPS tendrán prioridad. Asimismo, el art.311 enuncia que el sector financiero popular y solidario lo componen las cooperativas de ahorro y crédito, entidades asociativas, los bancos comunales y las cajas de ahorro
¿Qué cambios recientes ha tenido la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS)? En temas de desarrollo local y territorial, un avance importante dentro del marco regulatorio de la EPS es la asignación del 5% de los excedentes para el desarrollo comunitario, estas formas de organización impulsan los ámbitos económicos, sociales de la comunidad.
¿Cree que las políticas públicas actuales son suficientes para promover cooperativas rurales productivas? Las políticas actuales han logrado generar marcos regulatorios y han dado prioridad ha estas formas de organización, sin embargo, la excesiva carga de requerimientos, dificulta a los productores iniciar con estos proyectos y les genera altos costos de transacción. Sugiero a las autoridades, fomentar políticas económicas integradores que abarquen a todos los actores económicos, especialmente a los esenciales, pero que han sido marginados.
Muchas gracias por su atención, y quedo abierto a cualquier discusión.
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jdpintado@uce.edu.ec.
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jdpintado@uce.edu.ec.
Buenas noches, compañeros. En respuesta, sugiero que se incorporen en la LOES la asignación obligatoria de módulos de economía popular y solidaria, cooperativismo y oportunidades asociativas, especialmente en las áreas de administración, economía, desarrollo local, agronomía, trabajo social, educación y actividades.
Buenas noches Economista y compañeros, respondiendo a las preguntas realizadas en clase:
• ¿Qué dice la Constitución del Ecuador sobre la economía popular y solidaria?
La constitución del Ecuador del 2008, reconoce a la Economía, Popular y Solidaria (EPS) como mecanismo integro dentro del sistema económico del país. La EPS en la constitución se menciona en distintos artículos, entre ellos el 283, que reconoce el sistema económico como popular y solidario. También en el articulo 309, en el que se reconoce que el sistema financiero se compone por distintas partes entre ellas la economía popular y solidaria. Además, en el articulo 311 se menciona que el sector financiero popular y solidario estará integrado por COAC, entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales que reciben un trato preferencial por parte del estado.
Finalmente en el articulo 319 se reconoce diversas formas de organización de la economía entre ellas encontrándose las comunitarias, cooperativas, asociativas o familiares que forman parte activa de la Economía Popular y solidaria. Es por es que la EPS se considera una parte fundamental para la economía local, viéndose respaldada por la constitución del 2008
• ¿Qué cambios recientes ha tenido la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS)?
Recientemente, bajo el gobierno del actual presidente Daniel Noboa La Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria si ha tenido cambios principalmente en marzo del 2025 a través de la Ley N° 58 aprobada en abril del mismo año, la cual menciona busca fortalecer la EPS y facilitar el acceso al financiamiento para sectores que se encuentran marginados del sistema por cuestiones varias, como educación o falta de oportunidades.
Esta ley busca concretar su objetivo mediante la creación de un fondo de garantías que facilite el acceso a crédito a microempresas, cooperativas y emprendimientos. Además, de brindar incentivos fiscales temporales entre los que se incluyen exoneraciones parciales del impuesto a la renta e IVA.
Medidas como las que se dicta la actual LOEPS son importantes para el desarrollo de comunidades excluidas del sistema financiero actual, pues buscan brindar oportunidades a sectores vulnerables y marginados de la economía, sin embargo es importante recalcar que toda norma descrita en la Ley Orgánica no será útil mientras no se cuente con un personal adecuado que este dispuesto a verificar que todos a cada uno de estos procesos se cumpla.
• ¿Cree que las políticas públicas actuales son suficientes para promover cooperativas rurales productivas?
Considero que las políticas actuales que buscan promover cooperativas rurales mas productivas son acertadas de cierta manera, sin embargo no son del todo eficientes pues estas no cubren a todos los sectores que se encuentran en un estado de vulnerabilidad y en el caso de cubrirlos estos no se ven apoyados en su totalidad, además bastantes de estas políticas no son concretadas correctamente, posiblemente debido a una mala administración o un mal seguimiento de sus acciones.
Por otra parte creo importante mencionar que no se debe subestimar el hecho de socializar el avance y desarrollo de todas estas políticas pues existe una gran parte de la población que apenas conoce información de este tipo, creando un vacío enorme entre las personas que llegar a ser beneficiadas por estas políticas y las que no.
Buenas dia Profe y compañeros que participan en el foro. Envío de nuevo las respuestas a las preguntas porque el primer comentario parece que se trabó la página o tal vez ocurrió un error en mi respuestas
1- ¿Qué dice la Constitución del Ecuador sobre la economía popular y solidaria?
La Constitución de la República del Ecuador de 2008 menciona el reconocimiento de la economía popular y solidaria (EPS) como parte fundamental del sistema económico del país.
Uno de los principales artículos mencionados es el ART 283 en el cual se menciona que “El sistema económico es social y solidario, reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar la producción y reproduccion de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen vivir.” Y es aquí donde se sienta la base para la inclusión de la economía popular y solidaria.2- ¿Qué cambios recientes ha tenido la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS)?
Leyendo un articulo de primicias el cual nos menciona uno de los cambios mas recientes y es el proyecto de Ley de Integridad Pública el cual trae un cambio para las cooperativas de ahorro y crédito
Y es en donde se abre la puerta para que las cooperativas de ahorro y crédito puedan pasar a ser bancos, pero esto trae conflictos ya que las cooperativas creen que se va reemplazar la visión social del cooperativismo por un enfoque financiero tradicional lo cual seria ir en contra de sus principios.3-¿Son suficientes las políticas públicas actuales para promover la cooperación en la productividad rural?
Aunque existan políticas publicas que apoyen o faciliten el fortalecimiento de las cooperativas rurales, ya sea un impulso en entornos productivos, existen debilidades la cual dificulta el progreso de estas. Como por ejemplo la falta de evaluación y seguimiento de las políticas publicas debido a cambios de autoridades muy frecuentes y la concentración de recursos que existe en el sector financiero el cual evita que llegue al sector productivo. Por ende creo que hace faltan agregar políticas y seguimientos para poder apoyar el desarrollo localBuenos dias economista,
Tema: Política pública y política jurídica
1. ¿Qué dice la Constitución del Ecuador sobre la economía popular y solidaria?
En Constitución del Ecuador de 2008 reconoce de esta manera y expresa a la economía popular y solidaria como parte integral del sistema económico nacional. En el artículo 283, se establece que el sistema económico debe ser social y solidario, orientado al buen vivir, en armonía con la naturaleza, con soberanía económica y justicia. También, el artículo 319 nos indica que hay distintas formas de organización productiva, incluyendo la organización cooperativa, asociativa y comunitaria, lo que fortalece jurídicamente a las iniciativas de base colectiva y solidaria.
En este marco legal no solo legitima, sino ayuda a empoderar las prácticas económicas colectivas, rompiendo con una visión meramente capitalista del emprendimiento. Tal como lo trabajamos en clase, el cooperativismo no solo busca empoderamiento económico individual, sino transformar la vida desde lo colectivo, lo justo y lo equitativo.
2. ¿Qué cambios recientes ha tenido la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS)?
La LOEPS ha tenido actualizaciones importantes, sobre todo en relación con:
La modernización institucional de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.
La simplificación de trámites y mecanismos de constitución de cooperativas.
Mayor énfasis en la digitalización y capacitación técnica, especialmente en contextos rurales y amazónicos.
Fomento a la inclusión de mujeres, pueblos indígenas y juventudes rurales en los procesos cooperativos.
Estos cambios han sido reforzados por iniciativas como el proyecto ICOOPEB, que opera con apoyo de Erasmus+ y universidades de Ecuador, Brasil, Francia y España. En este proyecto, se impulsa la formación técnica, tecnológica y organizacional de las comunidades a través de herramientas como el mapa participativo, los foros académicos y los recursos audiovisuales.
3. ¿Cree que las políticas públicas actuales son suficientes para promover cooperativas rurales productivas?
Podemos decir que aunque existen avances normativos, aún no son suficientes ni equitativamente aplicadas. Desde la experiencia compartida en las herramientas de ICOOPEB, se evidencia que muchas comunidades rurales e indígenas aún enfrentan:
Falta de acceso al crédito productivo.
Escasa asistencia técnica y acompañamiento sostenido.
Poca articulación entre políticas de educación, innovación y producción.
Debemos trabajar en el desarrollo desde lo colectivo, no solo desde el emprendimiento individual, para que nos permita avanzar hacia modelos más igualitarios y sostenibles, especialmente en territorios como la Amazonía. Pero esto requiere de políticas públicas integrales, territoriales y descentralizadas, que reconozcan las realidades de las poblaciones desfavorecidas.
En si las cooperativas no deben estar subordinadas al capital individual, sino fortalecidas como formas de participación económica democrática, donde lo social, lo ambiental y lo comunitario deben de prevaler siempre.
Como analisis se puede indicar que el Estado ecuatoriano ha dado pasos importantes al reconocer la EPS en su marco legal, pero el verdadero cambio radica en trasladar esos principios a políticas efectivas, que lleguen a los territorios más excluidos, con enfoque intercultural y sostenible, podemos ver como espacios como ICOOPEB y sus herramientas nos demuestran que la participación activa, el mapeo colectivo y la formación compartida son claves para lograrlo.
Aportando con mi pregunta al foro:
¿Como cooperativismo es posible, se entiende que no lo somos solo como forma de producción sino como modelo de vida colectiva, contribuyendo al empoderamiento económico y ecológico de las comunidades rurales amazónicas y más todo el emprendimiento individual que promueven las políticas públicas actuales?
Como sabemos el cooperativismo no solo da empoderamiento económico sino también trae una legitimidad del negocio y un cambio de vida de modo justo para que se de como forma colectiva, deberiamos invitar a reflexionar sobre el papel del cooperativismo como transformación estructural y no solo como herramienta económica sino que sea la que promueve participación colectiva en el territorio y sostenibilidad.
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